El PRE debe de contener por lo menos las siguientes secciones:
I. Información General;
II. Plan de Atención de Emergencias Interno (PAEI);
III. Plan de Atención de Emergencias Externo (PAEE);
IV. Programas de capacitación, entrenamiento, simulacros y mantenimiento de equipos de Emergencia;
V. Plan de acción de atención a recomendaciones derivadas del ARSH; “se deroga”
VI. Listas de verificación de acciones para la atención de la Emergencia; y
VII. Simulacros.
¿El PRE tiene vigencia?
El PRE tiene que actualizarse junto con el ARSH cuando se presente alguno de estos casos:
I. Cada 5 años a partir de su elaboración inicial o última actualización;
II. Cuando se presenten modificaciones parciales o totales al diseño y/o proceso o cualquier otra modificación que implique la actualización del análisis de riesgo y que sus resultados deriven en cambios en los escenarios de emergencia, con respecto a la versión inmediata anterior del PRE;
II Bis. Cuando ocurran cambios en el entorno tales como aumento de infraestructuras con las que se puedan presentar interacciones de riesgo, y/o
III. Cuando ocurran eventos clasificados como tipo 2 o 3, de acuerdo con las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para informar la ocurrencia de incidentes y accidentes a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos o aquellas que las modifiquen o sustituyan, que implique la actualización del análisis de riesgo y que sus resultados deriven en cambios en los escenarios de emergencia, con respecto a la versión inmediata anterior del PRE.
En Análisis Sostenible trabajamos bajo los lineamientos para la elaboración del Protocolo de respuesta a emergencia que emite la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), para que tu proyecto cumpla en su totalidad con todos los requerimientos normativos.